Política editorial
Última actualización: 1 de agosto de 2026
Esta política establece los criterios aplicables a la selección, investigación, redacción, actualización y corrección de las publicaciones jurídicas de pedrobonett.com.
1. Propósito de las publicaciones
Las publicaciones de pedrobonett.com tienen como propósito explicar asuntos de derecho penal, decisiones judiciales, actuaciones institucionales y problemas jurídicos de interés público mediante análisis comprensibles, técnicamente rigurosos y útiles para personas, empresas, servidores públicos, víctimas y profesionales del derecho.
El sitio combina contenidos jurídicos permanentes, análisis procesales, comentarios sobre jurisprudencia y artículos de actualidad. La selección de un asunto no supone adhesión a una posición política, respaldo a las personas mencionadas ni anticipación del resultado de una investigación o proceso.
Las publicaciones buscan contribuir a una comprensión precisa del problema jurídico, de las normas aplicables, del estado procesal y de las consecuencias prácticas que pueden derivarse de cada decisión.
2. Naturaleza del sitio
pedrobonett.com es el sitio profesional de Pedro Bonett, abogado penalista en Colombia. No es un medio de comunicación generalista ni pretende sustituir la información oficial suministrada por autoridades judiciales o administrativas.
Los artículos jurídicos y de actualidad son contenidos informativos y analíticos. Su lectura no constituye asesoría jurídica individual, no establece una relación abogado-cliente y no reemplaza la revisión de los hechos, documentos y circunstancias particulares de un caso.
La contratación de una consulta o representación profesional se acuerda de forma independiente.
3. Criterios de selección
Se priorizan asuntos que presenten una cuestión jurídica identificable y que permitan explicar materias relacionadas con el derecho penal, el procedimiento penal, los delitos contra la administración pública, el derecho penal económico y empresarial, el lavado de activos, la extinción de dominio, la casación, la criminalidad organizada, el narcotráfico, la representación de víctimas, el compliance penal y las decisiones institucionales con una consecuencia jurídica concreta.
Los temas de actualidad se seleccionan cuando existe una pregunta jurídica auténtica. La notoriedad de una persona o la popularidad de una noticia no son suficientes, por sí solas, para justificar una publicación.
La materia penal constituye el eje principal de la línea editorial. Los contenidos constitucionales, administrativos, electorales, institucionales o culturales se publican de manera selectiva cuando aportan una cuestión jurídica relevante.
Esta estructura responde a la clasificación editorial aprobada: prioridad para asuntos con conexión penal directa, publicación selectiva de asuntos públicos con consecuencia jurídica y publicación excepcional de tendencias generales.
4. Investigación y jerarquía de fuentes
Antes de publicar se procura verificar el hecho central mediante la fuente más directa disponible. Las fuentes se valoran conforme al siguiente orden:
- Providencias judiciales completas.
- Comunicados oficiales.
- Normas vigentes.
- Jurisprudencia publicada por la autoridad correspondiente.
- Documentos de autoridades judiciales, administrativas, disciplinarias o fiscales.
- Medios de comunicación reconocidos.
- Declaraciones de las partes, claramente identificadas y atribuidas.
Los medios periodísticos pueden servir para identificar un acontecimiento, pero las reglas jurídicas se apoyan, siempre que sea posible, en normas, providencias y documentos oficiales.
Cada artículo identifica sus fuentes principales mediante un bloque visible de "Fuentes consultadas". No se presenta una afirmación periodística como si fuera una conclusión judicial o institucional.
Cuando no se haya obtenido el texto completo de una decisión, esa limitación se informa expresamente.
La jerarquía anterior corresponde a la estrategia de fuentes definida para el sitio.
5. Separación entre hechos, posiciones y análisis
Las publicaciones diferencian claramente los hechos documentados, las afirmaciones de una autoridad, las declaraciones de las partes, la información publicada por medios, las hipótesis jurídicas y el análisis editorial del autor.
Las declaraciones controvertidas se atribuyen a quien las formuló. No se transforman rumores, denuncias públicas o versiones de parte en hechos probados.
Cuando existan posiciones jurídicas opuestas, se procura presentar el argumento contrario en su versión más sólida y responderlo mediante las normas, las pruebas conocidas y el razonamiento jurídico aplicable.
6. Precisión sobre el estado procesal
Los artículos identifican con exactitud si una persona se encuentra mencionada en una denuncia, investigada, imputada, acusada, sometida a detención preventiva, condenada en primera instancia, pendiente de apelación, condenada mediante sentencia ejecutoriada, absuelta o desvinculada de la actuación.
Estas condiciones no son equivalentes. Una condena de primera instancia no se presenta como sentencia definitiva. Una medida de aseguramiento no se describe como pena. Una investigación no se trata como prueba de responsabilidad.
Las publicaciones explican, cuando resulte aplicable, qué decidió la autoridad, qué no decidió y qué actuación procesal puede seguir.
La precisión del estado procesal y la diferencia entre lo decidido y lo no decidido forman parte de la plantilla editorial aprobada.
7. Presunción de inocencia y tratamiento de las personas
Toda persona investigada, imputada o acusada es tratada conforme a la presunción de inocencia mientras no exista una decisión definitiva que establezca su responsabilidad.
Los títulos, imágenes y textos evitan atribuir delitos no demostrados, presentar acusaciones como hechos, utilizar expresiones humillantes, especular sobre motivaciones personales, sugerir culpabilidad mediante imágenes sensacionalistas o mezclar expedientes distintos para intensificar una acusación.
Cuando la posición de la defensa sea relevante y verificable, se incorpora o se identifica de manera adecuada.
La precisión jurídica no impide un análisis crítico. Sí impide reemplazar la prueba por insinuaciones o condenas editoriales.
8. Títulos, lenguaje y posicionamiento
Los títulos deben ser descriptivos, precisos y proporcionales al contenido.
No se utilizan expresiones sensacionalistas como "última hora", "escándalo nacional", "la verdad que nadie cuenta" o "el caso que sacude al país", salvo que formen parte de una cita cuya utilización resulte jurídicamente relevante.
El posicionamiento orgánico no se busca mediante la repetición artificial de nombres o palabras clave. Los términos de búsqueda se incorporan de manera natural y mediante cobertura semántica suficiente.
Los textos conservan un tono humano, claro y profesional, sin sacrificar precisión jurídica. El plan rechaza una densidad rígida de palabras clave y exige que los nombres y entidades se utilicen únicamente cuando resulte natural.
9. Autoría y responsabilidad editorial
Las publicaciones identifican al autor, su condición profesional, la fecha original de publicación y la fecha de la última actualización.
Autor: Pedro Bonett
Cargo: abogado penalista
El nombre del autor enlaza al perfil profesional. Cada artículo incorpora, cuando corresponde, una nota editorial, las fuentes principales, el estado procesal, la fecha de modificación, el contenido relacionado y un medio de contacto.
La utilización de herramientas tecnológicas para investigación, organización o apoyo editorial no sustituye la revisión humana. La responsabilidad por el contenido publicado corresponde al autor identificado.
El plan exige que cada publicación muestre autor, cargo, fechas, fuentes, enlace al perfil, contacto y una aclaración precisa del estado procesal.
10. Correcciones
Los errores comprobados se corrigen de manera oportuna y proporcional.
Las correcciones tipográficas, de formato o de estilo que no alteren el sentido sustancial pueden efectuarse sin una nota visible.
Cuando una modificación afecte un hecho, una fecha, una atribución, una norma, el estado procesal o una conclusión jurídica, el artículo incorpora una nota visible con la fecha, el aspecto modificado y la razón del cambio.
Cuando un contenido no pueda sostenerse mediante fuentes suficientes o produzca una impresión materialmente equivocada, se rectifica, sustituye o retira, según corresponda. La eliminación no se utiliza para ocultar silenciosamente un error sustancial.
Las solicitudes de corrección pueden enviarse a contacto@pedrobonett.com. La solicitud debe identificar el artículo, la afirmación cuestionada y, cuando sea posible, la fuente que sustenta la corrección.
11. Actualizaciones
Los artículos de actualidad se actualizan cuando aparece una providencia, una decisión de segunda instancia, un recurso, una modificación normativa, un pronunciamiento oficial, una rectificación o un cambio material del estado procesal.
La fecha original de publicación se conserva. Las actualizaciones sustanciales incluyen una nota visible que identifica la fecha y el contenido incorporado o modificado.
La fecha de actualización no se cambia únicamente para aparentar frescura. La plantilla editorial prohíbe expresamente alterar la fecha sin una modificación sustantiva.
12. Versiones en español e inglés
Las versiones inglesas transmiten el mismo estado jurídico, la misma cautela y las mismas fuentes esenciales que la publicación española.
No se realizan traducciones literales cuando produzcan términos jurídicos impropios. Cada versión utiliza terminología natural en su idioma.
Las correcciones sustanciales efectuadas en una versión se replican en su equivalente cuando afectan los hechos, el estado procesal o las conclusiones jurídicas. Una versión inglesa no puede presentar como definitiva una decisión que la versión española identifica como provisional.
13. Independencia editorial
Las publicaciones no se condicionan al pago de una consulta, a la contratación de servicios jurídicos ni a la existencia de una relación profesional.
No se acepta pago para publicar acusaciones, eliminar información verdadera, presentar favorablemente a una persona, perjudicar editorialmente a un tercero o alterar una conclusión jurídica.
Cualquier contenido patrocinado o colaboración comercial, si llegara a existir, debe identificarse expresamente y no puede confundirse con un análisis jurídico independiente.
Los clientes y los asuntos profesionales sometidos a reserva no se utilizan como contenido editorial sin autorización y fundamento jurídico suficiente.
14. Contenido relacionado y orientación profesional
Los artículos pueden incorporar enlaces hacia páginas de práctica, servicios jurídicos, artículos doctrinales, decisiones relacionadas y análisis anteriores.
Los enlaces deben ser útiles, descriptivos y contextuales. No se incorporan únicamente para repetir palabras clave.
El cierre profesional de cada publicación es sobrio y proporcional. No se prometen resultados ni se utilizan afirmaciones como "garantizamos la absolución", "podemos ganar su caso", "evite ir a prisión" o "consulta gratuita".
La lectura de una publicación no sustituye la evaluación individual del caso. El enlazado interno debe ser útil y el cierre profesional no puede convertirse en una venta agresiva posterior a la noticia.
Correcciones o comentarios editoriales
Las observaciones relacionadas con hechos, fuentes, estado procesal o precisión jurídica pueden enviarse a contacto@pedrobonett.com.
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