DERECHO PENAL · PREVENCIÓN EMPRESARIAL

Compliance y prevención de riesgos corporativos

Diseño, revisión y fortalecimiento de mecanismos destinados a identificar riesgos penales, prevenir conductas irregulares y responder de manera ordenada ante incidentes dentro de una organización.

Consultar el caso

Prevenir antes de que el riesgo se convierta en una investigación

Una organización puede enfrentar consecuencias jurídicas, reputacionales y patrimoniales por actuaciones realizadas por directivos, empleados, contratistas, intermediarios o terceros relacionados.

El compliance penal permite identificar escenarios de exposición, definir responsabilidades, establecer controles y documentar la respuesta de la empresa frente a situaciones que puedan adquirir relevancia penal.

No consiste únicamente en crear manuales. Los mecanismos deben corresponder a la actividad real, el tamaño, la estructura y los riesgos concretos de cada organización.

Servicios comprendidos

Diagnóstico de riesgos penales

Identificación de actividades, procesos, cargos y relaciones empresariales que puedan generar exposición penal para la organización o sus directivos.

Diseño y revisión de programas

Creación, actualización o evaluación de políticas, protocolos, controles y procedimientos internos de prevención y respuesta.

Investigaciones internas

Revisión reservada de denuncias, operaciones, documentos o comportamientos que puedan comprometer a empleados, directivos, contratistas o terceros.

Canales de reporte

Diseño y evaluación de mecanismos para recibir, documentar, clasificar y tramitar alertas o denuncias internas.

Debida diligencia de terceros

Análisis de contratistas, proveedores, socios, intermediarios y otras personas relacionadas con operaciones sensibles.

Capacitación y cultura de cumplimiento

Formación dirigida a órganos de administración, equipos directivos, empleados y áreas expuestas a riesgos específicos.

Un programa debe responder a riesgos reales

Un modelo genérico, copiado de otra empresa o desconectado de la operación cotidiana puede producir una apariencia de cumplimiento sin capacidad real de prevención. El análisis debe considerar:

  • Actividad económica.
  • Estructura de administración.
  • Distribución de funciones.
  • Manejo de recursos.
  • Contratación pública o privada.
  • Operaciones nacionales e internacionales.
  • Interacción con autoridades.
  • Tratamiento de información.
  • Uso de tecnología.
  • Relaciones con terceros.

Riesgos que pueden evaluarse

El trabajo puede comprender riesgos relacionados con:

  • Fraude y abuso de confianza.
  • Administración desleal.
  • Corrupción privada.
  • Cohecho y relaciones con servidores públicos.
  • Lavado de activos.
  • Financiación de actividades ilícitas.
  • Falsedad documental o contable.
  • Manejo de información reservada.
  • Delitos tributarios, aduaneros o cambiarios.
  • Afectaciones patrimoniales.
  • Contratación de terceros.
  • Uso empresarial de inteligencia artificial y herramientas digitales.

Investigaciones internas

Cuando existe una alerta, denuncia o incidente, la investigación interna debe desarrollarse con objetivos definidos, reserva, trazabilidad y respeto por los derechos de las personas involucradas. La intervención puede comprender, en coordinación con la defensa y representación penal cuando exista una investigación oficial:

01
Definición del alcance
02
Preservación de documentos e información digital
03
Revisión de contratos, registros y comunicaciones
04
Entrevistas internas
05
Análisis de operaciones financieras o contables
06
Identificación de fallas de control
07
Preparación de hallazgos y recomendaciones
08
Coordinación con la defensa penal cuando exista una investigación oficial

Respuesta frente a un incidente

La detección de una posible irregularidad exige decisiones cuidadosas sobre:

  • Preservación de evidencia.
  • Suspensión o continuidad de operaciones.
  • Manejo de comunicaciones internas.
  • Relación con empleados o contratistas.
  • Deberes frente a autoridades.
  • Protección de datos y reserva.
  • Revisión de controles.
  • Coordinación entre asesores jurídicos, técnicos y financieros.

La respuesta debe evitar tanto la inacción como las decisiones precipitadas que puedan agravar la situación.

Compliance y responsabilidad individual

La existencia de un programa de cumplimiento no elimina automáticamente la responsabilidad de directivos, empleados o terceros.

Tampoco la ausencia de un control demuestra por sí sola la comisión de un delito.

Debe examinarse qué deberes correspondían a cada persona, qué información tenía, qué decisiones adoptó y cómo funcionaban realmente los mecanismos internos.

Acompañamiento a órganos de administración

La asesoría puede dirigirse a:

  • Juntas directivas.
  • Representantes legales.
  • Administradores.
  • Oficiales de cumplimiento.
  • Comités de auditoría.
  • Áreas jurídicas.
  • Auditoría interna.
  • Recursos humanos.
  • Seguridad de la información.
  • Equipos financieros y contables.

El objetivo es integrar la prevención penal dentro de la estructura real de gobierno y toma de decisiones.

Preguntas frecuentes

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